La regulación de abogados

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Presentar una queja

La Oficina de Regulación de Abogados solamente puede gestionar las quejas levantadas contra los abogados que tienen licencia para ejercer la abogacía en el Estado de Wisconsin. Para información sobre cómo contactar las agencias disciplinarias de abogados en otros estados véase el https://www.americanbar.org/content/... (enlace externo).

Se puede presentar una queja solamente contra un abogado individual, no contra un bufete de abogados. Si una persona presenta quejas contra varios abogados, cada queja se atiende por separado. Para preservar la confidencialidad, no haga referencia de la mala conducta de un abogado en una queja que se presenta contra otro abogado.

Para más información véase el folleto "Oficina de Regulación de Abogados" .

Instrucciones para la presentación de una queja

Las quejas pueden presentarse por teléfono, correo o correo electrónico.

Para presentar una queja por teléfono: llame al (608) 267-7274 o (877) 315-6941 (sin cobro) y elija la opción 1 para presentar su queja.

Para presentar una queja por escrito: envíe una carta explicando su queja o llene el formulario de queja abajo. El formulario de queja se puede imprimir y llenar a mano, o se puede llenar usando Adobe Acrobat e imprimirlo después. Si se llena el formulario usando computadora, hay que imprimirlo antes de cerrar el programa; si no, se pierde la información. Firme y feche el formulario y envíelo por correo a la: Office of Lawyer Regulation, 110 East Main Street, Suite 315, P.O. Box 1648, Madison, WI 53701-1648

Para presentar una queja por correo electrónico: se puede enviar el formulario llenado después de guardarlo o después de imprimirlo y escanearlo. Envíe el formulario y cualquier documento adicional al olr.intake@wicourts.gov. (Nota: Hay que tener la versión completa de Adobe Acrobat para poder guardar el formulario o cualquier información que se le ha puesto.)

Formulario y más instrucciones

Formulario de Queja

  • Si experimenta problemas para abrir el formulario usando Chrome, inténtelo con otro buscador (ej., Internet Explorer, Mozilla Firefox) o descárguelo usando un lector de archivos PDF (ej. Adobe Acrobat, Adobe Reader).
  • La manera más eficaz de mover de sección en sección del formulario es usar la tecla TAB de su teclado.
  • Si no hay suficiente espacio en el formulario para incluir toda la información que usted desea presentar, puede escribirla en hojas adicionales usando su propio procesador de textos y adjuntar esas hojas al formulario de queja.
  • El formulario que está en-línea tiene dos páginas. Si lo va a llenar en línea, después de llenar la Declaración de Hechos en la página 1, favor de desplazar hacia abajo y llenar la página 2.
  • Se le recomienda que adjunte copias de cualesquier documentos adicionales a su queja los cuales nos ayudarán a entender mejor su queja.
  • Firme y feche el formulario y envíelo por correo a la:
    Office of Lawyer Regulation
    110 East Main Street, Suite 315
    P.O. Box 1648
    Madison, WI 53701-1648
    O envíelo por correo electrónico al: olr.intake@wicourts.gov

Si tiene preguntas, favor de llamar al (608) 267-7274 o (877) 315-6941 (sin cobro) y elija la opción 1.

Preguntas frecuentes

Pregunta: ¿Puede ayudarme la Oficina de Regulación de Abogados para resolver una disputa sobre el monto de la factura de mi abogado?

No. Las disputas sobre los honorarios normalmente no abarcan las cuestiones de mala conducta profesional. El Colegio de Abogados de Wisconsin tiene un Comité para la Resolución de Disputas Sobre Honorarios que puede servirle. Usted puede escribirle al Administrador de Arbitraje de Honorarios al: Fee Arbitration Administrator, State Bar of Wisconsin, P.O. Box 7158, Madison, Wisconsin 53707-7158 o llamarle al (800) 444-9404, ext. 6624. Infórmese más en la página web del Colegio Estatal de Abogados (enlace externo).

Pregunta: ¿Qué sucede después de presentarse una queja?

Al recibir la queja la Oficina de Regulación de Abogados lleva a cabo una evaluación preliminar. Los resultados de esa evaluación pueden incluir: 1) hacer seguir el asunto a otra agencia, 2) reconciliar una disputa menor, 3) poner fin al asunto porque no presenta suficiente información para corroborar una posible violación ética, o 4) derivar la queja a una investigación formal o un programa de alternativas a la disciplina.

Si la queja incluye suficiente información para corroborar una violación de la Reglas de Conducta Profesional para Abogados, se le manda una carta al abogado solicitando una respuesta. Cuando el personal de la OLR (Oficina de Regulación de Abogados por sus siglas en inglés) ha recibido toda la información pertinente, se determina si a) existe una violación no disputada, b) se debe desestimar la queja por falta de pruebas, c) hace falta que el personal realice más investigación, o d) se le debe asignar la queja a un comité investigativo del distrito para que este haga más investigación.

El investigador solicita toda la información pertinente a los alegatos, sea inculpatoria o exculpatoria. Al completarse la investigación, el Director puede tomar cualquiera de las siguientes acciones: 1) desestimar el asunto por falta de suficientes pruebas, 2) canalizar el asunto a un programa de alternativas a la disciplina, 3) solicitar el consentimiento del abogado respondedor a una reprimenda privada o pública, o 4) presentar el asunto al Comité de Revisión Preliminar para que este determine si existe un motivo fundamentado para proceder. El Director puede desestimar el asunto, pedir que se realice más investigación, desestimar la queja con una carta al abogado advirtiéndole que la conducta se acerca a una violación y que se debe evitar la misma en el futuro, canalizar el asunto a un programa de alternativas a la disciplina, o aceptar la imposición de una reprimenda privada o pública sin una audiencia pública si el abogado la consiente. En los casos de mala conducta grave o en los que el abogado no consiente una reprimenda, el Director tiene que presentar los resultados de su investigación al Comité de Revisión Preliminar para conseguir una determinación de motivo fundamentado para proceder a presentar una demanda disciplinaria contra el abogado con la Corte Suprema en la que solicita una reprimenda, suspensión, inhabilitación, o la imposición de condiciones sobre su continuado ejercicio de la abogacía. En los casos de un abogado que tiene un problema médico que afecta su práctica profesional, el Director, utilizando el proceso arriba descrito, puede presentar una petición ante la Corte Suprema que solicita una suspensión o condiciones sobre su continuado ejercicio de la abogacía por razones de incapacidad médica.

Cuando el Comité de Revisión Preliminar determina que existen motivos fundamentados para proceder, el Director puede solicitar el consentimiento a una reprimenda privada o pública, canalizar el asunto a un programa de alternativas a la disciplina, o presentar una demanda ante la Corte Suprema. La Corte Suprema puede revocar o suspenderle la licencia, reprender al abogado pública o privadamente, imponerle condiciones a la práctica del abogado, u ordenar un pago monetario (normalmente con fines de indemnización.)

Pregunta: ¿Cuánto tiempo dura el procedimiento de resolución de conflictos?

Para algunos casos puede durar tan solo 30 a 90 días. Para otros casos más enredados o complicados, puede durar hasta un año o dos. Nuestra meta es siempre terminar las investigaciones de las quejas dentro del plazo de un año.

Pregunta: ¿Puedo averiguar si se ha(n) presentado queja(s) contra un abogado?

La Oficina de Regulación de Abogados puede divulgar los casos en que se ha impuesto alguna disciplina pública: (1) una reprimenda pública sin audiencia pública con el consentimiento del abogado, y (2) cuando se ha presentado una demanda formal contra el abogado ante la Corte Suprema. Para conseguir la información, contacte a la Oficina de Regulación de Abogados.

Pregunta: ¿Puedo averiguar si a un abogado se le ha disciplinado?

Sí, pero solamente para la disciplina pública. Se puede saber al contactar a la Oficina de Regulación de Abogados si a un abogado públicamente se le ha reprendido, suspendido, inhabilitado o impuesto condiciones sobre su continuado ejercicio de la abogacía.

Pregunta: ¿Puede derivarme la Oficina de Regulación de Abogados a un abogado?

No. No obstante, el Colegio Estatal de Abogados de Wisconsin tiene un Servicio de Referencia e Información de Abogados. Para los que llaman desde Madison el número de teléfono es el (608) 257-4666. En todo el estado se puede llamar al (800) 362-9082. O se puede ver su página web (enlace externo).

Pregunta: ¿A quién puedo contactar si tengo preguntas acerca del proceso disciplinario?

Puede contactar a la Oficina de Regulación de Abogados.

Pregunta: ¿Puede darme la Oficina de Regulación de Abogados consejo legal?

No.